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Análisis de Anexo 20 V.3.3 Contpaqi distribuidor Asociado Master Aicts 2017

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anticipos

Anticipos - Caso Práctico

Versión de este documento 1.4

Fecha de última actualización 14 de junio de 2017

             
 

En este caso pctico se verá como implementar el manejo de anticipos con la versión 3.3 del Anexo 20.

   
 

Escenarios

Venta de un Mueble Comedor por un importe de $30,000 + IVA.

   comedor
 

Escenar   io 1. Se solicita un Anticipo por un importe de $10,000 + IVA.

Escenario 2. Liquidación del Total del comedor por un importe de $20,000 + IVA (Saldo Pendiente)

   
 

Facturación de Anticipos

   
  Antes (Anexo 20 versión 3.2)
   
  Momento 1:
Se factura el anticipo con un importe de $10,000 + IVA.
  momento1
  Toma en cuenta que en este primer momento, los $10,000 juegan para pago provisional de ISR.
   
  Momento 2:
Se factura el Total del comedor, restando el Anticipo como un importe en negativo.
  momento2
   
  Ahora (Anexo 20 versión 3.3)
   
  Considera ahora el mismo escenario pero con la versión 3.3 del Anexo 20. Apéndice 6 de la Guía de llenado.
   
  Escenario A.
Facturación aplicando anticipo con CFDI de Egreso.
  Emisión de CFDI por el valor del anticipo recibido.
  escenarioa
   
  Emisión de un CFDI por el total de la operación.
   
  escenarioa1
   
  Emisión de un CFDI de tipo Egresos.
   
  escenarioa2
   
  Nota: Tanto la factura del bien completo como la nota de crédito deben tener la misma fecha y liquidarse al momento de la emisión de la factura, de lo contrario se debe realizar un Complemento de Recepción de Pago.
 
Escenario B.
Facturación aplicando anticipo con remanente de la contraprestación.
Emisión de CFDI por el valor del anticipo recibido.
  escenariob
   
Emisión de un CFDI por el remanente de la contra prestación.
   
  escenariob1
   
  Problemáticas identificadas en estos escenarios con la versión 3.3 del Anexo 20.
 
 

Escenario A.


• Debido a que no existe ninguna regla, no se permiten deducciones para el pago provisional por las notas de crédito efectuadas por lo que acumula para ISR.
• El contribuyente, estaría haciendo un pago provisional acumulando 40 mil pesos cuando en realidad se tuvo un ingreso de 30 mil pesos, generando un quebranto patrimonial que puede ser severo.

 
 

Escenario B.


• Al momento de facturar el bien y no contar con un CFDI que ampare la adquisición del mismo, causa una problemática en costos para el contribuyente.

 
  Procedimiento opcional para la emisión de los CFDI en caso de anticipos recibidos, utilizando Método de Pago PPD (Pago en parcialidades o diferido)
   
  Facturación aplicando anticipo como pago en parcialidades.
   
  proce1
   
  Emisión de un CFDI Pago por el anticipo.
   
  proce2
   
  Emisión de un CFDI Pago por el remanente de la contra prestación.
   
  proce3
   
 

Problemáticas detectadas:


• Al momento de emitir el CFDI por el valor total de la contra prestación, los ingresos nominales son de $30,000.00 aún cuando no se ha liquidado el total del CFDI.
• Al momento de facturar el bien y no contar con un CFDI que ampare la adquisición del mismo, causa una problemática en costos para el contribuyente.

   
 
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cancelacion

Proceso de Cancelación

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Marco Legal


RMF 2017 2.4.6., 2.4.7., 2.7.1.21., 2.7.3.9., 2.7.5.5., 2.9.2., 3.13.1., 3.13.7.


Aceptación del receptor para la cancelación del CFDI

2.7.1.38. Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Sexto, fracción 1 de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos" publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, enviará al receptor del mismo una solicitud de cancelación a través de buzón tributario.


El receptor del comprobante fiscal deberá manifestar a través del mismo medio, a más tardar dentro de las 72 horas siguientes contadas a partir de la recepción de la solicitud de cancelación de CFDI, la aceptación o negación de la cancelación del CFDI.


El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna.

Para ejercer el derecho a la aceptación o negativa de la cancelación del CFDI, se tendrá que contar con buzón tributario.


CFF 29-A, Disposiciones Transitorias Sexto

Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.


2.7.1.39. Para los efectos de los artículos 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Sexto, fracción 1 de las Disposiciones Transitorias del CFF, previsto en el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos", publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, los contribuyentes podrán cancelar un CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:


a) Que amparen ingresos por un monto de hasta $5,000.00 (cinco mil pesos 00/1 oo M.N).
b) Por concepto de nómina.
c) Por concepto de egresos.
d) Por concepto de traslado.
e) Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
f)  Emitidos a través de la herramienta electrónica de "Mis cuentas" en el aplicativo "Factura fácil".
g) Que amparen retenciones e información de pagos.
h) Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24.
i)  Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26.
j)  Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.

   
  Entrada en Vigor
   
  calendario
  La Obligatoriedad será a partir del 1 de enero de 2018   
   
  Antecedente
   
  Debido a que los contribuyentes cancelan CFDI´s, con la finalidad de no acumular ingresos para efectos de ISR, afectan a las personas a favor de quienes se expiden dichos comprobantes, evitando la deducción de los gastos o acreditaciones de los impuestos respectivos.
   
  Proceso de Cancelación
   
  cancelar cfdi 01
   
 
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constructora

Constructoras - Caso Práctico

Versión de este documento 1.4

Fecha de última actualización 14 de junio de 2017

             
 

Marco legal

   
 

Ley de ISR

Artículo 17. Para los efectos del artículo 16 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:

l. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero:

a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.

Resumen
IV ...
Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados.

2do Párrafo
Los contribuyentes que celebren otros contratos de obra Inmueble en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano, diseño v presupuesto, considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en la que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados, o en los casos en que no estén obligados a presentarlas o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra.

IV ...
Los ingresos acumulables por contratos de obra a que se refiere este párrafo, se disminuirán con la parte de los anticipos, depósitos, garantías o pagos por cualquier otro concepto, que se hubiera acumulado con anterioridad y que se amortice contra la estimación o el avance.

   
  Caso Práctico Constructoras
             
    Nombre: Municipio de Morelia, Michoacán  
    Domicilio: División del Norte # 45 Col. Juárez, Morelia Michoacán C.P45678    
    RFC: MMM201201QZ3  
   

Estimación:

Nombre de la Obra:

Ubicación:

N°. de Contrato:

1

Mirador Morelia

Km 20 Carretera Morelia

62502

 
   

Costo:

$1,000,000.00

 
    IVA: $160,000.00  
    Total Estimación: $1,160,000.00  
    Amortización de Anticipo: $348,000.00  
    Total Devangado: $812,000.00  
    Traslados y Retenciones    
    5% Supervisión: $35,000.00  
    3% COABS y Capacitación: $21,000.00  
    Total Deducciónes: $56,000.00  
    Otros Impuestos Trasladados: $14,980.00  
    Alcance Líquido: $770,980.00  
             
  Antes (Anexo 20 versión 3.2)
   
  antesconstructora
   
  Ahora (Anexo 20 versión 3.3)
   
  ahoraconstructoras
   
 

XML de Contructoras en Anexo 20 versión 3.3

Nodo Comprobante

   
  xmlnodocomprobante
             
 

XML de Contructoras en Anexo 20 versión 3.3

Atributo Descripción

   
  xmlatribconst3.3
   
 

XML de Contructoras en Anexo 20 versión 3.3

Impuestos Locales

   
  xmlimpuestos
   
 
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Uso de este documento

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Atributo/Nodo

  Dentro del recuadro se especificará el nodo o atributo a analizar, si las líneas de recuadro son continuas, se refiere a que es un Nodo o Atributo requerido, si las líneas son punteadas significa que el nodo es opcional o condicional. Esto se confirma dentro de la descripción del nodo.
  antes ahora
  Descripción: Definición del Nodo/Atributo a analizar.
Tipo Base: Se refiere al tipo de dato que se podrá actualizar en el Nodo a Atributo.
Ejemplo: Aquí se mostrará cómo se visualizará el Nodo o Atributo dentro del XML
Limitante: Restricciones del valor del nodo o atributo
Regla de Validación:
Muestra las condiciones sobre las cuales se debe crear y respetar el valor del Nodo o Atributo en caso de que aplique.
Marco legal o jurídico.
Guía de llenado.
Anexos:
Catálogos del SAT
Glosario de términos
   
 

 
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